Elegir el régimen tributario es una de las decisiones más importantes al iniciar actividades, y muchas pymes la toman sin saber qué implica. En Chile, la mayoría de las micro, pequeñas y medianas empresas puede optar entre el Régimen Pro Pyme General y el Pro Pyme Transparente. Esta guía explica sus diferencias para que tomes una decisión informada con tu contador.

Requisitos para acogerse al régimen Pro Pyme

Ambos regímenes del artículo 14 letra D de la Ley sobre Impuesto a la Renta comparten requisitos principales:

  • Capital efectivo inicial no superior a 85.000 UF al iniciar actividades.
  • Promedio de ingresos brutos del giro de los últimos tres años que no supere las 75.000 UF, sin exceder 85.000 UF en ninguno de esos años.
  • Ingresos pasivos acotados: las rentas por arriendos, intereses, dividendos y similares no pueden superar el 35% de los ingresos brutos.

El Pro Pyme Transparente tiene un requisito adicional: los dueños deben ser personas naturales (o contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile), no otras empresas.

Régimen Pro Pyme General (14 D N°3)

Es el régimen al que quedan acogidas por defecto las empresas que cumplen los requisitos.

  • La empresa paga Impuesto de Primera Categoría sobre su renta líquida. La tasa permanente es del 25%, menor al 27% del régimen general, y la ley ha establecido rebajas transitorias en los últimos años; confirma con tu contador la tasa vigente para el año comercial.
  • Los dueños tributan solo cuando retiran utilidades, con Impuesto Global Complementario, y pueden usar como crédito el 100% del Impuesto de Primera Categoría pagado por la empresa (integración total).
  • Contabilidad: por regla general, contabilidad completa. Tu contador puede indicarte si tu empresa califica para alguna opción simplificada.
  • Beneficios adicionales: depreciación instantánea de activos fijos y reconocimiento de algunos gastos e ingresos según lo efectivamente pagado o percibido.

¿Cuándo conviene?

Cuando la empresa reinvierte buena parte de sus utilidades: los dueños postergan su impuesto personal mientras la plata se queda en el negocio para crecer.

Régimen Pro Pyme Transparente (14 D N°8)

  • La empresa queda liberada del Impuesto de Primera Categoría.
  • Los dueños tributan sobre el 100% de la renta de la empresa, en proporción a su participación, con Impuesto Global Complementario, la retiren o no.
  • Contabilidad simplificada: la empresa puede llevar un registro de ingresos y egresos, con menor carga administrativa (aunque puede optar por contabilidad completa).
  • Su acceso no es automático: debe ejercerse la opción ante el SII.

¿Cuándo conviene?

Cuando los dueños retiran la mayor parte de las utilidades y sus ingresos personales los dejan en tramos bajos o medios del Global Complementario. También cuando se valora la simplicidad administrativa.

Comparación rápida

Pro Pyme GeneralPro Pyme Transparente
Primera CategoríaSí, a tasa Pro PymeNo (empresa liberada)
Impuesto de los dueñosAl retirar, con crédito del 100%Sobre toda la renta, se retire o no
ContabilidadCompleta, por regla generalSimplificada (opcional completa)
Ideal paraEmpresas que reinviertenDueños que retiran todo
DueñosPersonas naturales o jurídicasPersonas naturales

Un ejemplo para entender la diferencia

Una empresa con una utilidad tributaria de $20.000.000 en el año, cuyo dueño decide dejar el 80% en el negocio para comprar maquinaria:

  • En el Pro Pyme General, la empresa paga Primera Categoría y el dueño solo tributa en su Global Complementario por los $4.000.000 que retiró.
  • En el Pro Pyme Transparente, el dueño tributa en su Global Complementario por los $20.000.000 completos, aunque solo haya retirado $4.000.000.

Con esos supuestos, el General suele ser más conveniente. Si el dueño retirara todo y tuviera pocos otros ingresos, el Transparente podría resultar más liviano. Por eso conviene simular ambos escenarios con tus números reales.

¿Se puede cambiar de régimen?

Sí. La opción se ejerce ante el SII dentro de los plazos que establece la ley, generalmente al inicio del año comercial. Además, si la empresa deja de cumplir los requisitos (por ejemplo, porque sus ingresos superan el límite), pasa al régimen general en el período que corresponda.

Conclusión

No existe un régimen "mejor" en abstracto: depende de cuánto retiran los dueños, de sus otros ingresos y de los planes de inversión del negocio. Es una decisión que vale la pena simular cada año, especialmente antes de la Operación Renta. En Asesor25 hacemos esa simulación contigo: conversemos.